REGLAMENTO DE RESERVA DE VACANTE – CICLO LECTIVO 2027

REGLAMENTO RESERVA DE VACANTE 2027

1. El establecimiento se reserva el derecho de admisión de alumnos, aún en los casos en que los mismos se encuentren inscriptos y/o matriculados en años

Sin perjuicio de otros que corresponderá ser tenidos en cuenta en su oportunidad, se considerarán especialmente para evaluar el otorgamiento de la Reserva de Vacante los siguientes requisitos: a) RENDIMIENTO ESCOLAR; b) CONDUCTA OBSERVADA; c) IDENTIFICACIÓN DEL ALUMNO Y GRUPO FAMILIAR AL IDEARIO INSTITUCIONAL; d) COLABORACION DE LA FAMILIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE e) FALTA DE COLABORACIÓN, CONFIANZA, EL DEBER DE BUENA FE, entre otros, f) CUMPLIMIENTO DE NORMAS ADMINISTRATIVAS (pago en término; estado de deuda por aranceles; etc.),

2. La reserva de vacante consiste en el pago de una matrícula mensual que debe ser abonada por los padres y/o tutores responsables de los alumnos, y que opera como uno de los presupuestos para el otorgamiento de la misma (además de los mencionados en el punto 1 del presente reglamento), la que deberá ser cancelada durante el ciclo lectivo previo al año que se reserva, de conformidad a modalidades y otorgamiento de facilidades de pagos que establezca el Colegio

3. En ningún caso podrá efectuarse la Reserva de Vacante de un alumno, cuando se registre deuda en concepto de aranceles o cualesquiera otros

4. Teniendo en cuenta lo que más abajo se expresa en cuanto a la imposibilidad de efectuar la Reserva de Vacante en caso de registrarse mora en el pago de los aranceles, todo importe abonado en concepto de RESERVA DE VACANTE será imputado en forma automática y en cualquier momento a cuenta de deuda contraída por otros conceptos, consintiéndolo así expresamente los firmantes del

5. Queda en claro que el pago de la Reserva de Vacante no implica la matriculación del alumno, la que operará una vez cumplidos la totalidad de los requisitos establecidos, y siempre que el alumno se encuentre en condiciones académicas de acceder al curso para el que fuera reservada la

6. La falta de pago de los montos fijados en concepto de Reserva de Vacante, así como la falta de entrega de la documentación requerida por el establecimiento (entre ellas documentación personal del alumno; documentación académica que acredite aprobación de niveles; Apto psicofísico, ) o el ocultamiento de información, determinará la caducidad automática de la misma, no encontrándose en consecuencia el alumno inscripto como alumno del establecimiento.

7. La Reserva de Vacante solicitada por los responsables parentales de los alumnos reviste el carácter de precaria, en tanto queda supeditada a la acreditación por parte del alumno de su condición académica, para acceder al curso en el cual solicita ser

8. La reserva de vacante para el alumno será la del curso inmediato superior al que viene cursando, en el caso de alumnos repitentes la reserva de vacante se verá condicionada a la disponibilidad de vacantes en el curso y turno No podrán ser inscriptos aquellos alumnos que hayan repetido dos veces el mismo año.

9. La Reserva de Vacante podrá ser desistida por los responsables parentales del alumno, en caso de mediar razones de fuerza mayor, dando lugar a la devolución del importe abonado por tal concepto, a valores históricos, y siempre que no resulte de aplicación lo señalado en el punto 3, si tal decisión es comunicada fehacientemente al establecimiento antes del 31/12/2026. Con posterioridad a dicha fecha, así como en los casos en que el desistimiento obedezca a causas imputables a los responsables y/o alumnos, los importes abonados por tal concepto no serán reintegrados. Sin excepción. Cuando el desistimiento opere por decisión del establecimiento, sin expresión de causa, los importes abonados serán igualmente reintegrados a valores históricos.

10. El Contrato de Enseñanza que, reunidos todos los requisitos establecidos, liga a las partes, tendrá una vigencia anual, extendiéndose durante el período lectivo 2027, caducando en consecuencia indefectiblemente a la finalización del Todo ello sin perjuicio de las causales de resolución anticipada previstas en el presente, en el propio Contrato de Enseñanza y en los respectivos reglamentos que, suscriptos por las partes, forman parte de éste.

11. Una vez efectivizado el pago total en concepto de reserva de vacante, y cumplidos por el aspirante los demás requisitos previstos en el presente, se considerará al alumno matriculado para el período lectivo 2027, imputándose los importes abonados, en forma automática, como confirmación de Matrícula.

12. El establecimiento se reserva el ejercicio pleno del derecho de admisión, pudiendo no volver a admitir al establecimiento a aquellos alumnos que cometan faltas graves y/o incumplan las pautas establecidas en el acuerdo de convivencia, como también cuando se observe de parte de la familia, falta de colaboración, confianza y el deber de buena fe. Solo a modo de ejemplo, se considerará falta grave cometida por los responsables parentales personalmente o en representación de sus hijos, y por lo tanto, no se admitirá la rematriculación del alumno, el inicio de cualquier tipo de reclamo efectuado ante autoridades administrativas y/o judiciales, así como el comportamiento indecoroso e irrespetuoso de parte de los responsables parentales, para con la Institución y/o sus autoridades como así también a Educar SRL y sus miembros societarios efectuados a causa de dichos reclamos, dando por extinguido el contrato de servicio educativo a partir del momento en que se tome conocimiento.

13. El establecimiento aplicará los planes oficiales reconocidos por las autoridades competentes, pudiendo sufrir las variaciones que habilita la normativa

14. El uso del uniforme escolar, que la Institución determina, es obligatorio y condiciona el ingreso del alumno al

15. En los casos de alumnos que requieran inclusión, los responsables parentales deberán tener una actitud colaborativa y cooperativa a fin de que se pueda lograr una inclusión eficaz del niño/a y/o adolescente.

16. Se deja constancia que la condición de alumno regular del establecimiento cesa al finalizar el período lectivo, debiendo cumplir para su reincorporación en el año inmediato posterior con la totalidad de los requisitos que fija el

En mi carácter de Responsable Adulto Parental me notifico, presto conformidad y me obligo a cumplir y hacer cumplir a mi hijo/a el presente Reglamento y sus anexos.